Coordinador Parental, una figura necesaria en Juzgados de Familia.

Juez divorcio

En el sistema judicial, concretamente en procedimientos judiciales de familia participan diferentes figuras: jueces, fiscales, abogados y peritos psicólogos. Todos ellos tienen el deber de velar por el interés del menor por encima de intereses particulares.

Con ello, el perito psicólogo es la figura imparcial encargada de exponer en el juicio qué modalidad de custodia es la idónea para que el bien del menor prevalezca sobre los intereses particulares de sus progenitores; y con ello el juez es quien en última instancia tiene la potestad de dictar una sentencia tomando en consideración o no lo que el perito pueda recomendar.

Pero, ¿qué ocurre después?

Es muy común en los juzgados de familia encontrar expedientes donde las denuncias por incumplimientos de sentencia o por solicitudes de modificaciones en la misma. Esto hace que existan casos conflictivos enquistados donde a través del juzgado intenten prolongar esa lucha entre los mismos progenitores, haciendo partícipes con o sin voluntad a los menores en el proceso judicial.

Son muchos los casos donde se judicializa a los menores de manera innecesaria, principalmente por la falta de entendimiento de sus padres o simplemente por anteponer sus propios intereses a los del menor que es al fin y al cabo el más vulnerable. Por lo que se siente partícipe del conflicto y con ello desarrolla daño psicológico y desestabilización emocional perjudicial a su bienestar.

Es por esto que en España se está introduciendo con fuerza en estos procedimientos conflictivos la figura del Coordinador Parental. Pero, ¿qué es y qué función tiene?

El Coordinador Parental es un recurso judicial sentenciado por el juez para que actúe en la familia, por tanto, es de carácter obligatorio el que acuda el conjunto familiar. La finalidad principal del coordinador es la de hacer cumplir la sentencia y así evitar prolongar el conflicto familiar por medio de más denuncias cruzadas, velando por supuesto por el bienestar del menor. En la Comunidad Valenciana, es la Generalitat a través de la Conselleria de Justicia quien abona esta intervención.

La búsqueda del ejercicio de una parentalidad positiva es el objetivo principal de esta intervención, donde a través de una comunicación sana se puedan llegar a conseguir:

  • pequeños acuerdos a través del consenso parental,
  • instaurar estilos educativos similares,
  • restablecer vínculos afectivos en deterioro,
  • reducir la conflictividad,
  • reducir denuncias y con ello los gastos económicos judiciales.

Por tanto, este nuevo recurso en auge incrementará la calidad del servicio judicial, permitiendo a las familias y al sistema en sí mismo velar de manera más idónea en el interés superior del menor.

Psicólogo Jose Medina

Psicólogo Jurídico

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